El Seguro de Desempleo (UI) es un programa de ingresos a corto plazo patrocinado por el gobierno federal y administrado por cada estado. Cada estado determina los requisitos de elegibilidad y la cantidad que se le da a cada beneficiario. Lo máximo que cualquier persona en Arizona puede recibir actualmente es $240 semanales. Esta es la segunda cantidad más baja en los Estados Unidos.

 

Si está separado del empleo, debe opens in a new windowSolicite en línea la UI a través del Departamento de Seguridad Económica (DES). Después de consultar con usted y con su antiguo empleador, un diputado decidirá si usted es elegible para recibir beneficios. Una serie de factores que se considerarán para determinar su elegibilidad para UI, incluyendo opens in a new windowcuestiones monetariasla razón de su opens in a new windowseparación de empleoy otros. Después de la determinación inicial, cualquiera de las partes puede apelar. Se programará una audiencia una vez que usted apele, generalmente dentro de un mes de la fecha de la apelación. El DES proporciona una útil opens in a new windowvisión general del proceso de apelación en su sitio web.

 

La mayoría de las audiencias de UI se realizan por teléfono a través de llamadas en conferencia. El juez explica el proceso de la audiencia y, dependiendo de la separación, el ex empleador o el reclamante presentará su caso primero. Si la separación es una renuncia, el reclamante va primero; si es una terminación, el ex empleador presenta su caso primero. Cada una de las partes puede llamar a testigos que tengan conocimiento de primera mano de los eventos en cuestión. En el caso de una terminación, el asunto más importante que un juez tratará es el incidente final que llevó a la terminación. Si usted se está preparando para una audiencia, es fundamental poder abordar esa información. Después de que cada parte presente su caso, la parte contraria puede hacer preguntas sobre el testimonio presentado. Después de que se presenten todas las pruebas, el juez cerrará la parte probatoria de la audiencia y cada una de las partes podrá hacer una breve declaración de clausura.

 

Si tiene correo electrónico, pídale al juez que le envíe la decisión por correo electrónico, ya que llega más rápido que a través del correo regular. Si usted no gana en la audiencia, puede apelar la decisión a la junta de apelaciones presentando una petición de revisión. La decisión le indicará cuál es el plazo para apelar. Las apelaciones después de la audiencia son mucho más difíciles de ganar ya que la base de la apelación es lo que se dijo en la audiencia. Si apela, solicite una copia escrita de la transcripción de la audiencia para poder leerla. Si tiene la transcripción escrita, puede citar la página y la línea que está citando en su apelación. Si sólo tienes la copia de audio no puedes hacer eso. Es posible que pueda obtener un certificado de estudios gratuitamente si presenta una declaración de que es indigente y no puede pagar el costo.

 

Si recibe beneficios y luego se determina que no es elegible después de una audiencia, habrá un sobrepago. Existen tres tipos de sobrepagos: administrativos, no fraude y fraude. Un sobrepago administrativo generalmente ocurre cuando un diputado lo encuentra elegible y luego el juez determina que usted no es elegible. Se puede renunciar a un sobrepago administrativo. Hay papeleo que puede llenar y solicitar una exención. Si se le niega la renuncia, puede solicitar una audiencia. Un sobrepago no fraudulento debe ser devuelto y no es elegible para una exención. El no fraude ocurre cuando usted puede haber descuidado la presentación de la documentación necesaria cuando se le pidió, lo que habría demostrado que usted no era elegible para UI. Una determinación de fraude ocurre cuando engaña a UI sobre su separación o trabaja en un trabajo diferente y no reporta las ganancias que recibe mientras también recibe UI. Un sobrepago por fraude debe ser devuelto y también puede descalificarlo de los beneficios por un período de tiempo determinado por un juez.

 

Si tiene un pago excesivo y no hace un pago voluntario, el Departamento de Seguridad Económica (DES) puede adjuntar sus declaraciones de impuestos estatales y federales y, en algunos casos, embargar su salario.