Seguro de desempleo
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Seguro de desempleo
Todo lo que siempre quiso saber pero no se atrevió a preguntar.
El Seguro de Desempleo (UI) es un programa de ingresos a corto plazo patrocinado por el gobierno federal y administrado por cada estado. Cada estado determina los requisitos de elegibilidad y la cantidad que se da a cada beneficiario. Actualmente, lo máximo que puede recibir una persona en Arizona son 240 dólares semanales. Es la segunda cantidad más baja de Estados Unidos.
Si está separado de su empleo, debe solicitar el subsidio de desempleo a través del Departamento de Seguridad Económica (DES). Tras consultar con usted y con su antiguo empleador, un adjunto decidirá si tiene derecho a recibir prestaciones. Se tendrán en cuenta una serie de factores a la hora de determinar su derecho a percibir el subsidio de desempleo, entre ellos cuestiones monetariasel motivo de su separación del empleoy otros. Después de la determinación inicial, cualquiera de las partes puede apelar. Una vez que apele, se programará una audiencia, normalmente en el plazo de un mes a partir de la fecha de apelación. El DES ofrece una sobre el proceso de apelación en su sitio web.
La mayoría de las audiencias de IU se celebran por teléfono mediante conferencia telefónica. El juez explica el proceso de la audiencia y, dependiendo de la separación, el antiguo empleador o el demandante presentarán primero su caso. Si la separación es un abandono, el demandante va primero; si es un despido, el antiguo empleador presenta su caso primero. Cada parte puede llamar a testigos que conozcan de primera mano los hechos en cuestión. En el caso de un despido, la cuestión más importante que abordará el juez es el incidente final que dio lugar al despido. Si se está preparando para una vista, es fundamental poder abordar esa información. Después de que cada parte presente su caso, la parte contraria puede hacer preguntas sobre el testimonio presentado. Una vez presentadas todas las pruebas, el juez cerrará la parte probatoria de la vista y cada parte podrá hacer un breve alegato final.
Si dispone de correo electrónico, pídale al juez que le envíe la decisión por correo electrónico, llega más rápido que por correo ordinario. Si no gana en la vista, puede apelar la decisión ante la junta de apelaciones presentando una petición de revisión. La decisión le indicará cuál es el plazo para recurrir. Las apelaciones después de la audiencia son mucho más difíciles de ganar, ya que la base de la apelación es lo que se dijo en la audiencia. Si recurre, solicite una copia escrita de la transcripción de la vista para poder leerla. Si tiene la transcripción escrita, puede citar la página y la línea que cita en su recurso. Si sólo tiene la copia de audio, no podrá hacerlo. Es posible que pueda obtener una transcripción gratuita si presenta una declaración de que es indigente y no puede pagar el coste.
Si recibe prestaciones y después de una audiencia se determina que no cumple los requisitos, se producirá un pago en exceso. Existen tres tipos de sobrepagos: administrativos, no fraudulentos y fraudulentos. Un sobrepago administrativo suele producirse cuando un delegado le considera apto y luego el juez determina que no lo es. Se puede renunciar a un pago excesivo administrativo. Hay un papeleo que puede rellenar y solicitar una exención. Si se la deniegan, puede solicitar una audiencia. Un pago excesivo no fraudulento debe devolverse y no es susceptible de exención. Se considera que no ha habido fraude cuando no ha presentado la documentación necesaria cuando se le ha pedido, lo que habría demostrado que no tenía derecho a percibir el subsidio de desempleo. La determinación de fraude se produce cuando usted engaña a UI sobre su separación o trabaja en un empleo diferente y no declara los ingresos que percibe a la vez que recibe UI. Un sobrepago por fraude debe devolverse y también puede inhabilitarle para recibir prestaciones durante un periodo de tiempo determinado por un juez.
Si tiene un exceso de pago y no realiza el pago voluntario, el Departamento de Seguridad Económica (DES) puede embargar sus declaraciones de la renta estatales y federales y, en algunos casos, embargar su salario.
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Recursos Información
AZDES - Derecho a las prestaciones del seguro de desempleo
Requisitos para acceder al seguro de desempleo del Departamento de Seguridad Económica de Arizona